El cónyuge de una persona con derecho a viajar con el IMSERSO puede acompañarle con independencia de la edad (iStock)
1. Tener una pareja que tenga 65 años o más
El cónyuge o la pareja de hecho de una persona que reúna los requisitos para beneficiarse del programa de vacaciones del IMSERSO puede viajar como acompañante sin necesidad de que cumpla las condiciones de edad (65 años, salvo algunas excepciones) o pensión. Con los precios tan económicos de los viajes del IMSERSO, lo mismo hay más de una persona a la que no le importaría casarse con alguien mucho más mayor con tal de viajar barato…
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